Registro de obra ante INDAUTOR
Clasificamos tu obra, integramos el expediente, pagamos la tarifa oficial y lo seguimos hasta que recibes tu certificado.
Lo que suele hacerse y lo que conviene hacer
📅 Cuándo registrar
🧾 Qué se registra
👥 Obras con varios autores
Qué incluye
- Asesoría para clasificar tu obra en su rama (art. 13 LFDA).
- Integración y presentación del expediente ante INDAUTOR.
- Pago de la tarifa oficial de INDAUTOR.
- Monitoreo del trámite hasta la emisión del certificado.
- Entrega del certificado de registro en PDF.
Cómo funciona
- Cotizas y pagas en líneaEliges de contado o a 6 meses, cuántas obras y si quieres el certificado físico. Pagas con tarjeta o por transferencia.
- Nos envías tu obraLa obra y los datos de los autores. Si te falta algo, te decimos qué.
- Presentamos ante INDAUTORIntegramos el expediente y pagamos la tarifa oficial.
- Recibes tu certificadoDe 5 a 20 días hábiles después del pago.
Por qué con Protege Tu Invento
Precio final
El precio que ves ya trae los impuestos y la tarifa oficial de INDAUTOR. No hay un segundo cobro para pagar al gobierno.
Fundamento en la ley
Trabajamos con la Ley Federal del Derecho de Autor vigente y citamos el artículo de cada recomendación.
Especialista certificado
Tu caso lo atiende un especialista en propiedad intelectual certificado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
Paga a tu manera
De contado con tarjeta o por transferencia, o a 6 meses con tarjeta de crédito. Todo desde el cotizador, en línea.
Preguntas frecuentes
¿Necesito registrar mi obra para que esté protegida?
No. La obra está protegida desde que se fija en un soporte, sin registro ni formalidad alguna (art. 5 LFDA). El registro te da una prueba: lo inscrito se presume cierto salvo prueba en contrario (art. 168), y eso pesa mucho si alguien la copia.
¿Qué tipos de obra puedo registrar?
Las de cualquier rama: literaria, musical, dramática, danza, pintura o dibujo, escultura, caricatura e historieta, arquitectura, cine y audiovisual, radio y televisión, programas de cómputo, fotografía, arte aplicado (incluido el diseño gráfico o textil) y compilaciones (art. 13 LFDA).
¿Puedo registrar el nombre de mi proyecto o mi logotipo?
Los nombres y títulos aislados no se protegen como obra (art. 14 fr. V LFDA). Para usar un nombre o un logotipo en el comercio, lo que te protege es el registro de marca ante el IMPI. El dibujo del logotipo sí puede registrarse como obra artística.
¿Cuánto tarda?
El certificado llega de 5 a 20 días hábiles después del pago. Te lo entregamos en PDF; si lo quieres impreso, el certificado físico cuesta $490 adicionales por obra.
¿Y si la obra tiene varios autores?
Conviene firmar antes un convenio de coautoría que defina porcentajes, créditos y cómo se reparten las regalías. Lo redactamos a la medida y se integra al expediente; se cotiza según el número de autores y el tipo de obra.
¿Cómo pago?
En línea desde el cotizador: de contado con tarjeta o por transferencia (SPEI), o a 6 meses con tarjeta de crédito. Te enviamos factura una vez liquidado el pago y recibida tu constancia de situación fiscal.
¿Tienes dudas sobre tu obra?
Cuéntanos qué quieres proteger y te decimos qué conviene, sin compromiso.
